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La Ley de Reproducción Asistida española contempla como uno de los destinos de los embriones criopreservados tras un tratamiento de fecundación in vitro, su donación con fines reproductivos para otras mujeres o parejas.
Los progenitores donantes de estos embriones deben cumplir los requisitos de donantes en cuanto a su estado de salud física y psíquica y dicha donación es anónima y altruista. Es el equipo biomédico de la clínica quien asigna estos embriones a las mujeres o a las parejas receptoras intentando, en la medida de lo posible, que se cumplan los requisitos de características físicas similares y que los grupos sanguíneos de donantes y receptores sean compatibles.
La mujer receptora de dichos embriones se somete simplemente a un protocolo de criotransferencia embrionaria.